BECAS SANTANDER | EXCELENCIA 360º-2025

1. CONVOCATORIA

La Universidad Pontificia de Salamanca, gracias al mecenazgo del Banco Santander, convoca las Becas Santander | Excelencia 360o, cuyo objetivo es promover y premiar el mérito académico y la participación activa en la vida universitaria de los estudiantes matriculados en un grado.

El programa Becas Santander | Excelencia 360o otorgará un total de una (1) beca de 12.000 € aportados por la Universidad Pontificia de Salamanca y el Banco Santander como reconocimiento a una carrera universitaria excelente. La convocatoria se regirá por lo dispuesto en las siguientes Bases, de obligado cumplimiento.

 

2. DESTINATARIOS

Podrán ser solicitantes y beneficiario de las Becas Santander | Excelencia 360o los estudiantes matriculados en la UPSA en cualquier grado del campus de Salamanca o de Salus Infirmorum (Campus de Madrid) que cumplan los requisitos establecidos en estas bases.

3. REQUISITOS DE LOS DESTINATARIOS

  • Estar matriculado en 4º curso de un grado de la Universidad Pontificia de Salamanca durante el curso 2024-25, y al corriente de pago de las tasas académicas.
     
  • Haber cursado en la Universidad Pontificia de Salamanca todos los créditos del grado.
     
  • Tener una nota media igual o superior a 8,50. Se valorará el expediente académico hasta el cierre del plazo de presentación de solicitudes.
     
  • Haber realizado actividades de participación universitaria durante la realización de los estudios de grado en los que está matriculado. Se valorarán las actividades desempeñadas hasta el cierre del plazo de presentación de solicitudes.
     
  • No haber sido beneficiario de la beca en convocatorias anteriores.

4. CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LOS MÉRITOS DE LOS SOLICITANTES

Las solicitudes serán evaluadas por una comisión formada por la Vicerrectora de Comunidad Universitaria y Estudiantes, un representante del Negociado de Becas y cuatro profesores pertenecientes a distintas Facultades de la Universidad.

Becas Santander | Excelencia 360º 2025


La selección de los beneficiarios de la beca se realizará mediante un sistema de evaluación que
considerará dos aspectos fundamentales con igual peso. El porcentaje final se calculará con base en
los siguientes criterios:

1. Desempeño Académico (50%)
Se evaluará la trayectoria académica a través de la nota media del expediente.
 

2. Currículum Vitae de Participación Estudiantil (50%)
Se considerará el nivel de participación del estudiante de acuerdo a la Normativa específica de Reconocimiento de créditos por realización de actividades universitarias culturales, formativas, de mentoría, deportivas, de representación estudiantil,
solidarias y de cooperación (Junta Permanente de 15/01/2024 (Acta no 739) por la realización de actividades universitarias culturales, formativas, de mentoría, deportivas, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación. No serán objeto
de valoración aquellas actividades que hayan servido para el reconocimiento de créditos.

1. Con respecto al criterio del DESEMPEÑO ACADÉMICO: Se tomará en consideración la nota media del solicitante, debiendo ser ésta de partida igual o superior a 8,50, y teniendo en cuenta los siguientes aspectos:
• El estudiante deberá tener cursados todos los créditos correspondientes a los tres primeros cursos del grado.
• El estudiante deberá tener matriculados todos los créditos de 4º curso.
• Los estudiantes que cursen un doble grado deberán elegir la titulación con la que concurren a la convocatoria.

2. Con respecto al CURRÍCULUM VITAE DE PARTICIPACIÓN ESTUDIANTIL: Se tomarán en cuenta los siguientes aspectos:
1. Se valorarán los méritos alegados con arreglo a la carga crediticia que para cada actividad establece el anexo I de la Normativa específica de Reconocimiento de créditos por realización de actividades universitarias culturales, formativas, de
mentoría, deportivas, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación (Junta Permanente de 15/01/2024 (Acta no 739).
2. En caso de empate en este apartado, se priorizará al estudiante que haya realizado actividades que pertenezcan a un mayor número de categorías entre las que son objeto de reconocimiento.


3. En caso de empate en la puntuación final, se asignará la beca al estudiante que tenga mayor puntuación en cada uno de los apartados por el orden en el que se enumeran.

4. Si el empate persiste, se tendrán en cuenta los siguientes criterios, por el orden en que se enumeran:

1. Situación socioeconómica: debiendo ser acreditada con la resolución de concesión de una beca del Ministerio (pe). Se asignará mayor puntuación al estudiante con menor renta familiar.
2. Presencia de algún tipo de discapacidad: debiendo acreditarla mediante la resolución correspondiente. Se asignará mayor puntuación a quien tenga un mayor grado de discapacidad.

5. INCOMPATIBILIDADES

La concesión de la beca será compatible con cualquier otro tipo de ayudas de naturaleza distinta a las ayudas que son objeto de este Programa, cualquiera que sea su origen, público o privado.

6. PRESENTACIÓN Y PLAZO DE SOLICITUD

Será condición ineludible para ser beneficiario de las Becas estar inscrito en el Programa a través de la Plataforma del Banco Santander: www.santanderopenacademy.com
 

Los estudiantes deberán realizar la inscripción entre el 1 de febrero de 2025 y el 15 de mayo de 2025, exclusivamente a través de esta plataforma.
 

Los candidatos deberán presentar la siguiente documentación:
1. Copia del DNI, NIE o Pasaporte.
2. Copia del certificado académico oficial en el que consten las calificaciones y la nota media del expediente del grado
3. Certificados de realización de las actividades de participación estudiantil objeto de valoración
4. Certificado que acredite su condición de becario
5. Certificado que acredite el grado de discapacidad

7. RESOLUCIÓN Y PUBLICACIÓN

El plazo de asignación de la Beca por parte de la Universidad finalizará el 15 de junio de 2025.

La decisión de asignación de la beca por la Comisión de valoración es inapelable.
La comisión elaborará un listado que incluirá hasta 3 suplentes para cubrir las posibles renuncias que se puedan producir a lo largo de este procedimiento. La ordenación de esta lista de suplentes se realizará según el mismo criterio de selección establecido en la base cuarta.
La asignación se comunicará al beneficiario/a que dispondrá de 7 días naturales para la aceptación de la beca, todo ello a través de la Plataforma.
La Universidad Pontificia de Salamanca se reserva el derecho de anular o dejar sin efecto total o parcialmente la presente convocatoria. Asimismo, podrá quedar desierta o incompleta, en caso de no disponer candidatos que cumplan los criterios de selección.

8. PAGO

Una vez que el beneficiario/a acepte a través de la Plataforma, la Universidad Pontificia de Salamanca realizará el pago del importe de la beca (12.000€) mediante transferencia bancaria a una cuenta abierta a nombre del beneficiario en una oficina del Banco Santander.

9. ACEPTACIÓN DE LAS BECAS Y CESIÓN DE DATOS PERSONALES

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y en virtud de lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, se informa a los becarios que sus datos personales serán incorporados a un fichero titularidad de la Universidad Pontificia de Salamanca con la finalidad de gestionar su participación en el programa de becas, encontrándose la base jurídica del tratamiento en el artículo 6.1 b) del Reglamento Europeo, adoptándose las medidas de índole técnica y organizativas necesarias que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal proporcionados, que eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento. 

 

El plazo de conservación de los datos personales será el tiempo necesario para cumplir con las obligaciones legales una vez finalizada la acción formativa. Los titulares de los datos podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación o supresión, limitación de su tratamiento portabilidad u oposición dirigiéndose por escrito a dpo@upsa.es indicando el derecho que ejercen y aportando una copia de su DNI. Podrán retirar, en cualquier momento, el consentimiento prestado para tratar sus datos, sin que ello afecte a la licitud del tratamiento basado en el consentimiento previo a su retirada y se les informa, por imperativo legal, de su derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos, si
considera que el tratamiento de datos no es acorde a la normativa europea.
 

La aceptación de las Becas Santander | Excelencia 360o podrá implicar, si así lo autoriza expresamente el beneficiario, la cesión de los datos personales al Banco Santander, con las siguientes finalidades:


▪ Para la incorporación de los mismos al fichero del actual Portal de Becas Santander www.becas-santander.com, o del que le sustituya, facilitándole al usuario la información que necesite para sus estudios y servicios en los que puedan estar interesados.
▪ Para fines estadísticos, así como para el estudio de la utilización de los servicios por parte de los usuarios, el diseño de nuevos servicios, y el envío de información técnica y operativa acerca de sus servicios para que el usuario se beneficie de todos ellos.
• Para el envío de información sobre productos propios del Banco, así como información institucional del mismo.
 

Los Datos Personales recogidos y cedidos serán utilizados única y exclusivamente para las finalidades que se hayan autorizado. Puede consultar la Política de Privacidad de Banco Santander en el siguiente enlace: https://www.becas-santander.com/es/legal/privacy.

10. NORMATIVA APLICABLE

Las bases de la presente convocatoria están en todo caso sometidas a la normativa general de la Universidad Pontificia de Salamanca y al Reglamento de Becarios (aprobado por Junta Plenaria de 18 de julio de 2013). La Universidad podrá en cualquier momento modificar, interpretar o complementar las mismas en los extremos que considere necesarios.
 

La presentación de una solicitud de Beca en el marco de la presente convocatoria conlleva la plena y total aceptación de las Bases.